Lista de Espera y Lotería de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8) 2020

La Lotería de la Lista de Espera de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8)

¿Cuándo se abre la Lotería de la Lista de Espera?

La Lotería de Vales de Elección de Vivienda estará abierta para solicitudes desde las 8:00 am del lunes 1 de junio de 2020 hasta las 4:00 pm del jueves 11 de junio de 2020.

¿Cuántas solicitudes se aceptarán?

Todas las solicitudes elegibles que se presenten entre las fechas y horas indicadas anteriormente serán aceptadas en la lotería (limitadas a una solicitud por hogar). De entre las solicitudes recibidas que cumplan los requisitos, HASCO seleccionará al azar a 300 solicitantes que cumplan los requisitos para incluirlos en la lista de espera.

Si relleno la solicitud, ¿recibiré un vale de elección de vivienda?

El hecho de rellenar la solicitud no garantiza que vaya a recibir un vale. Su solicitud le pone en un grupo de solicitantes de los cuales seleccionaremos al azar 300 hogares que serán colocados en la lista de espera de vales. Además, para recibir un vale, su hogar tendrá que ser determinado elegible para nuestro programa. Vea la elegibilidad más abajo para más información.

¿Cuándo sabré si he sido colocado en la lista de espera?

Todos los solicitantes recibirán una carta por correo indicando si fueron seleccionados para ser colocados en la lista de espera o no.

¿Cómo le digo a la Autoridad de Vivienda del Condado de Snohomish (HASCO) si mi información de contacto ha cambiado después de presentar mi solicitud?

La información de contacto más importante para su solicitud es su dirección postal. Si su dirección postal cambia durante el período de solicitud, puede actualizar HASCO llamando y dejando un mensaje en el Departamento de Listas de Espera al 425-290-8499 ext. 536, y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.

Si se le coloca en la lista de espera, recibirá más instrucciones sobre cómo actualizar su información en línea en el futuro.

Solicitar la lotería de la lista de espera de vales de elección de vivienda

¿Cómo solicito la lotería de la lista de espera de la Sección 8?</42>
Una vez que el período de solicitud esté abierto, puede solicitarla en hasco.myhousing.com. Esta solicitud es sólo en línea. No hay solicitudes en papel.

¿Cuesta algo solicitarla?

No. La solicitud es gratuita y se puede llegar a hasco.myhousing.com.

¿Qué información necesito para solicitar el sorteo?

Para la solicitud, necesitará la siguiente información:

  • El nombre completo de cada miembro del hogar, la fecha de nacimiento, la relación con usted, el sexo, la raza/etnia, la condición de veterano y la discapacidad
  • Información sobre los ingresos mensuales de la totalidad (incluyendo TANF, GAU, SSI, SS, manutención de los hijos, salarios, etc.)
  • Información de contacto, incluyendo un número de teléfono, una dirección de correo electrónico y una dirección postal

¿Necesito un número de la Seguridad Social para presentar la solicitud?

Si usted es el jefe de familia, o la persona que presenta la solicitud, y tiene un número de la Seguridad Social (SSN) o un número de registro de extranjeros (ID alternativo), necesitará esta información cuando presente la solicitud. La solicitud le pedirá su SSN y/o su ID alternativo si procede, pero no son campos obligatorios para continuar con la solicitud. Si tiene más preguntas, póngase en contacto con el Departamento de Listas de Espera antes del lunes 8 de junio de 2020. Los números de seguridad social no son necesarios para los miembros adicionales del hogar en el momento de la solicitud.

Por favor, tenga en cuenta que para ser elegible para el programa, cuando se extraiga de la lista de espera, necesitará un número de seguridad social (SSN) o un número de registro de extranjeros (ID alternativo). Aunque esta información no es necesaria en el momento de la solicitud, se le considerará no elegible para el programa si no puede proporcionar cualquiera de estos datos cuando su nombre llegue al principio de la lista de espera.

¿Necesito una dirección de correo electrónico para solicitarlo?

Sí. Es necesario disponer de una dirección de correo electrónico para poder recibir la confirmación del envío de su solicitud. Si no tiene una dirección de correo electrónico, hay muchas opciones para crear una cuenta de correo electrónico gratuita, incluyendo: Gmail, Outlook y Yahoo.

¿Necesito una dirección física para presentar la solicitud?

No. No necesita una dirección física para presentar la solicitud. Sin embargo, sí necesitamos una dirección postal válida, que incluya la entrega general.

¿Cómo sé si he enviado mi solicitud con éxito?

Si su solicitud ha sido enviada con éxito, aparecerá un número de confirmación al final de su solicitud. Además, recibirá un correo electrónico con su número de confirmación de la solicitud incluido.

¿Afecta la fecha/hora de mi solicitud a mis posibilidades de ser seleccionado para la lista de espera?

No. Los solicitantes de este programa serán seleccionados al azar.

¿Cómo me pongo en contacto con HASCO si necesito ayuda con la solicitud?

Si necesita ayuda con su solicitud, deje un mensaje en el Departamento de Listas de Espera llamando al 425-290-8499 ext. 536, y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.

Si necesita ayuda para presentar una solicitud en línea, por favor deje un mensaje con el Departamento de Listas de Espera a más tardar el lunes 8 de junio de 2020 para asegurarse de que tengan suficiente tiempo para devolverle la llamada.

También, a lo largo de la solicitud en línea, verá iconos de «Necesita ayuda» que aparecen en la parte inferior de cada página. Estos botones ofrecen información adicional para rellenar la solicitud, incluyendo definiciones y aclaraciones sobre el tipo de información que necesitamos.

¿La solicitud estará disponible en otros idiomas además del inglés?

La solicitud en línea sólo está disponible en inglés. Si necesita ayuda para completar la solicitud en otro idioma que no sea el inglés, llame al Departamento de Listas de Espera al 425-290- 8499 ext. 536 y deje un mensaje con su nombre, idioma preferido y número de teléfono. Podemos programar una reunión telefónica gratuita con usted y un traductor para completar la solicitud juntos.

Elegibilidad para el Voucher de Elección de Vivienda

Para este programa focalizado de la Sección 8, el hogar debe cumplir con los siguientes criterios:

  1. Debe haber un adulto discapacitado no anciano (de 18 a 61 años de edad) en el Este puede ser cualquier miembro de la familia en el hogar, no necesita ser la persona que solicita.
  1. El adulto discapacitado no mayor (de 18 a 61 años) que figura en su solicitud debe vivir actualmente en una de estas situaciones:
    • Transición fuera de una institución u otro entorno segregado
    • En grave riesgo de institucionalización
    • Sin hogar
    • En riesgo de quedarse sin hogar
    • Participando en una vivienda de apoyo permanente en el condado de Snohomish
  1. Su hogar debe ser considerado de bajos ingresos. «Bajos ingresos» significa que sus ingresos brutos anuales (ingresos recibidos antes de descontar cualquier impuesto o retención) son iguales o inferiores a la cantidad indicada en la tabla

¿Quién es un no ciudadano elegible?

Para obtener un vale de la Sección 8, al menos un miembro de su hogar debe ser ciudadano estadounidense o no ciudadano elegible. Un no ciudadano elegible tiene:

  • Estado de residente permanente (titular de una tarjeta verde)
  • Estado de residente temporal (no incluye visados de estudiante)
  • Se le ha concedido el estado de refugiado o asilo por el Departamento de Seguridad Nacional
  • Se le ha concedido la entrada condicional antes del 1 de abril, 1980
  • Haber estado legalmente presente debido a un ejercicio de discreción por parte del Fiscal General por razones emergentes o razones consideradas estrictamente de interés público
  • Haber estado legalmente presente debido a que el Fiscal General retuvo la deportación debido a una amenaza a la vida o a la libertad

¿Cómo me afectaría la obtención de un vale de la Sección 8 bajo la regla propuesta de Carga Pública?

El 14 de agosto de 2019, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó su regla final titulada «Inadmisibilidad por motivos de carga pública» (la «Regla de carga pública»). Si bien no cambia los programas de asistencia del HUD ni tiene un impacto directo en las admisiones y la ocupación de HASCO, entendemos que la Regla de Carga Pública está dirigida a los no ciudadanos que buscan ajustes en su estatus de visa o residencia e incluye la recepción de la Asistencia de Vivienda de la Sección 8 bajo el Programa de Vales de Elección de Vivienda, la Asistencia de Alquiler Basada en Proyectos de la Sección 8 y la Vivienda Pública en su evaluación de beneficios públicos. HASCO no puede asesorar sobre si la Regla de la Carga Pública o su solicitud o recepción actual de ayuda para la vivienda afectará a su estado de inmigración actual o futuro. Cualquier pregunta de este tipo debe dirigirse al Proyecto de Derechos de los Inmigrantes del Noroeste (Northwest Immigrant Rights Project), nwirp.org o al 800-445-5771.

¿Cuál es la definición de persona con discapacidad?

Se le considera discapacitado si tiene un impedimento físico o mental a largo plazo o permanente que le dificulta hacer cosas como:

  • Cuidar de sí mismo
  • Realizar tareas manuales
  • Ver u oír
  • Comer
  • Mover
  • Comunicarse
  • Respirar
  • Trabajar

Si recibe la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o la Seguridad Social por Incapacidad (SSDI), se le considera discapacitado a efectos de los vales de elección de vivienda. Existen métodos alternativos para verificar la discapacidad para aquellos que no reciben SSI o SSDI, como por ejemplo a través de su proveedor médico. Esta documentación se verificará cuando llegue a la parte superior de la lista de espera y no se necesita en el momento de la solicitud.

Vivo en una vivienda de transición. ¿Puedo solicitarla?

Sí. Como la vivienda de transición se considera un programa de tiempo limitado (hay una fecha determinada en la que su familia debe mudarse de la unidad), su familia no se considera «alojada permanentemente» y por lo tanto es elegible para un vale.

Vivo en una vivienda pública de bajos ingresos o ya estoy en un programa de vales. ¿Puedo solicitar estar en la lista de espera?

Si está alojado en un programa con un vale de la Sección 8, no se le impedirá ni se le cortará la posibilidad de solicitar; sin embargo, cuando se le retire de la lista de espera se le considerará inelegible para el programa. Si usted tiene alguna pregunta con respecto a la elegibilidad del programa, por favor, póngase en contacto con nuestro Departamento de lista de espera en 425-290-8499 ext. 536.

¿Tengo que vivir en el condado de Snohomish para ser elegible para aplicar?

No. Los solicitantes no tienen que vivir en el condado de Snohomish para solicitar la lotería. Usted puede vivir en cualquier parte del mundo para aplicar. Sin embargo, tenga en cuenta que si usted recibe un vale de elección de vivienda a través de HASCO, usted debe vivir en el condado de Snohomish para el primer año de participación en el programa.

¿Hay otras opciones de vivienda disponibles?

Para los recursos de vivienda adicionales, por favor llame al 2-1-1, Información de la Comunidad de North Sound y la línea de referencia o puede acceder a su sitio web en wa211.org. Ellos serán capaces de proporcionar la mayor información con respecto a los programas de vivienda disponibles en la zona.

También puede seguir este enlace para acceder a los servicios de entrada coordinada del Condado de Snohomish, que ayudan a los que están sin hogar o se enfrentan a la falta de vivienda en el Condado de Snohomish.

Aquí hay una lista de otras Autoridades de Vivienda cercanas:

  • Autoridad de Vivienda de Seattle
  • Autoridad de Vivienda de Everett
  • Autoridad de Vivienda del Condado de Skagit
  • Autoridad de Vivienda del Condado de King

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